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Petroleras y gasolineras

En el pasado año ha habido distintos conflictos entre petroleras y gasolineras. Concretamente, hay varias sentencias del Tribunal Supremo acerca de los contratos entre las petroleras y las estaciones de servicio en cuanto al término de la competencia. De forma más específica, hay unas normas que sirven para regular las prohiciones a las petroleras e impedir que impongan el precio de venta de las estaciones de servicio, así como la duración entre los pactos de suministro entre ambos.

De estas sentencias se sacan varias conclusiones:

  • Las petroleras han conseguido consolidar la libre competencia en la fijación de sus precios.
  • Para interpretar la duración del pacto de suministro de carburante en exclusividad, esto debe repercutir significativamente en las indemnizaciones de las estaciones de servicio
  • La relación entre petroleras y  gasolineras es complicada en cuanto a los contratos que realizan, a la hora de ceder superficies para la construcción de estaciones, los contratos de arrendamiento y los de distribución. Todos los contratos dependen unos de otros y afectan entre sí para cumplir los objetivos de ambas partes.

Así pues, los precios de los carburantes pueden ser fijados por las propias estaciones de servicio, ya que ellas son las que explotan el negocio. Las petroleras son las encargadas de imponer el precio indirectamente, a la hora de poseer un contrato de distribución en exclusividad.

Por su parte, la duración del contrato para suministrar combustibles en exclusividad, afectará al toral del precio para suponer un estado equilibrado en cuanto a las prestaciones ofrecidas y poder amortizar las inversiones realizadas por la petrolera para construir la instalación de las estaciones de servicios.

Finalmente, para llevar a cabo la nulidad del entramado contractual, el cual rompería las relaciones contractuales suscritas por las partes del contrato entre petroleras y gasolineras, se liquidarían ambas. No se olvidarían para llevarlo a cabo, las inversiones de la petrolera que aún no se hubiesen amortizado y que afectase al terreno de construcción, y también los costes de las gasolineras pagados para obtener el carburante y teniendo en cuenta los precios establecidos de venta.

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